Warehouse worker wearing a mask and other PPE.

Precauciones de salud y seguridad para lugares de trabajo

Ley NY HERO, Ley de Preparación para Emergencias y regulaciones sobre COVID-19
Información general

El estado de Nueva York ha implementado varias leyes y regulaciones para proteger a los trabajadores en respuesta a la pandemia de COVID-19. Entre ellas se encuentran:

  • La Ley de Salud y Derechos Esenciales del Estado de NY (Ley NY HERO), que protege a los empleados del sector privado contra exposiciones y la enfermedades durante un futuro brote de una enfermedad infecciosa transmitida por el aire.
  • La Ley de Preparación para Emergencias, que ordena que los empleadores públicos adopten un plan operativo en caso de que se declare una emergencia de salud pública que involucre a una enfermedad contagiosa.
  • Las regulaciones sobre COVID-19, que ordenan que todos los empleadores tomen diversas medidas de salud y seguridad en el lugar de trabajo. Entre ellas se encuentran proporcionar beneficios -que incluyen permiso por enfermedad, permiso familiar remunerado y beneficios por incapacidad- a los empleados en Nueva York que hayan sido afectados por órdenes de cuarentena o aislamiento, ya sean obligatorias o precautorias, debido a la COVID-19. 

Los empleados tienen derecho a presentar quejas por infracciones de estas leyes y regulaciones. Su denuncia permanecerá anónima. Consulte la sección "Presentar una queja" más adelante.

Presentar Una Queja

Ley NYS HERO

La Ley de Salud y Derechos Esenciales de Nueva York (Ley NY HERO) se promulgó el 5 de mayo de 2021. La ley ordena una gran cantidad de nuevas protecciones para la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, en respuesta a la pandemia de COVID-19. El propósito de la Ley NY HERO es proteger a los empleados contra la exposición y las enfermedades durante un brote futuro de enfermedad infecciosa transmitida por el aire.

Bajo esta ley, el Departamento de Salud del Estado de Nueva York (NYS DOL), en consulta con el Departamento de Salud del Estado de Nueva York, ha elaborado un estándar de prevención de exposición a enfermedades infecciosas transmitidas por el aire, un modelo de plan de prevención de exposición a enfermedades infecciosas transmitidas por el aire, y diversos modelos de planes para la prevención de enfermedades infecciosas transmitidas por el aire en industrias específicas. Los empleadores pueden optar por adoptar el plan y la plantilla de política aplicable provistos por el NYS DOL, o bien establecer un plan alternativo que cumpla o exceda los requisitos mínimos del estándar.

Los planes de prevención de exposición a enfermedades infecciosas transmitidas por el aire deben activarse cuando una enfermedad o un agente infeccioso transmitido por el aire sea designado por el comisionado de salud del Estado de Nueva York como una enfermedad altamente contagiosa que representa un riesgo grave de daños a la salud pública. Cuando se designe, los empleadores deben proporcionar una copia del plan de prevención de exposición a enfermedades infecciosas transmitidas por el aire adoptado y publicarlo en un lugar visible y prominente dentro de cada lugar de trabajo. Las plantillas y los recursos están disponibles a continuación. 

El 17 de marzo, 2022, finalizo la designación de COVID-19 como una enfermedad infecciosa transmitida por el aire que presenta un riesgo grave de daño a la salud pública bajo La Ley HERO. Los empleadores del sector privado ya no están obligados a implementar sus planes de seguridad laboral.

Las consultas sobre La Ley HERO pueden enviarse por correo electrónico a [email protected].

Audiencia sobre la Ley HERO 17-11-2021

Ley de Preparación para Emergencias

De acuerdo a la Ley de Preparación para Emergencias, las agencias públicas deben tener un plan operativo escrito en caso de que se declare una emergencia de salud pública, incluyendo el COVID-19.  Todo funcionario público debe tener acceso a este plan.  

Las agencias pueden usar estos modelos para ayudarles a cumplir con la legislación:
Modelo para Agencias Estatales y Autoridades (MS Word)
Modelo para Jurisdicciones Locales (MS Word)
Lista de control para Completar el Plan de Continuidad de Operaciones (PDF)

Ley del Comité de Seguridad del Lugar de Empleo

 

La Ley del Comité de Seguridad del Lugar de Empleo del estado de Nueva York proporciona la adopción de reglas y regulaciones para los comités de seguridad del lugar de empleo bajo la sección 27-d de la Ley HERO.

Reglamentos Propuestos 

REGULACIONES SOBRE COVID-19

Su empleador debe tomar varias precauciones de salud y seguridad para el lugar de trabajo, que incluyen proporcionarle un cubrebocas, asegurarse de que se mantenga el distanciamiento social, poner disponibles estaciones de lavado y desinfección de manos, y asegurarse de limpiar y desinfectar con frecuencia. Su empleador debe hacer ajustes operativos, como elaborar políticas para permitir que los empleados trabajen de manera remota por motivos relacionados con la pandemia y escalonar turnos para reducir la densidad de personal en el trabajo. Su empleador no puede amenazarlo ni tomar represalias en su contra por quejarse de que el negocio no ha cumplido con la implementación de medidas adecuadas de salud y seguridad.

La ley proporciona beneficios -que incluyen permiso por enfermedad, permiso familiar remunerado y beneficios por incapacidad- a los empleados en Nueva York que hayan sido afectados por órdenes de cuarentena o aislamiento, ya sean obligatorias o precautorias, debido a la COVID-19. Hay permiso por cuarentena disponible de manera retroactiva. Estos beneficios no tienen fecha de vencimiento. Los empleados que además estén obligados a darle permiso por enfermedad remunerado no pueden obligarlo a utilizar el permiso por enfermedad u otros permisos acumulados en lugar de brindarle beneficios de permiso por COVID. Vea más información sobre Recursos para COVID-19 más abajo.

Recursos y Información Adicional

Oficinas locales/regionales del Departamento de Salud del Estado de Nueva York para preguntas de COVID 19 sobre el período de cuarentena

Permiso Familiar Pagado o Beneficios por Discapacidad relacionados con COVID-19

Otros Permisos de Ausencias por Condiciones Médicas: Ley Federal de Ausencia Familiar y Médica (FMLA, por sus siglas en inglés).

Ley de Familias Primero Respuesta al Coronavirus: Derechos de Ausencias Pagadas al Trabajador

Preguntas frecuentes sobre salarios y horas.

Leyes Laborales Sobre Pagos y Salarios Suplementales:
Sección 198 C de la Ley del Trabajo del Estado de Nueva York, los beneficios o salarios Suplementales
Requisitos de notificación de beneficios y Salarios Suplementales

Información sobre los beneficios del Seguro por Desempleo

Información y consejos de Departamento de Salud del Estado de Nueva York sobre limpieza, desinfección, y más.

Discriminación y Represalias con respecto a sus Derechos Humanos
Para quejas de discriminación u hostigamiento en el trabajo basadas en la raza, identidad étnica, sexo, orientación sexual, discapacidad, edad u otra categoría protegida, puede comunicare con la Division de Derechos Humanos del Estado de Nueva York, La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (para lugares de trabajo ubicados en la Ciudad de Nueva York), o la Comisión Federal para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo.

Continuación de Seguros de Salud:
Para problemas de cobertura en negocios con 20 empleados o más, comuníquese con la Administración Federal de Seguridad de Beneficios del Empleado (EBSA, por sus siglas en inglés). Para negocios con menos de 20 empleados, comuníquese con el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Nueva York.

Presentar una queja
Usted tiene derecho a presentar una queja por infracciones a la Ley NYS HERO, la Ley de Preparación para Emergencias y las regulaciones sobre COVID-19.** Su denuncia permanecerá anónima. Puede presentar una queja referente a la COVID si su empleador lo ha amenazado o despedido por motivos relacionados con la COVID-19, o si es elegible para recibir permiso por enfermedad remunerado debido a la COVID-19 y su empleador se niega a pagarlo. **ANTES DE PRESENTAR una queja referente a permiso por enfermedad, permiso familiar remunerado o beneficios por incapacidad, debe obtener una orden de cuarentena expedida por el Estado, el Departamento de Salud del Estado de Nueva York, la junta de salud local u otro organismo gubernamental autorizado. La orden de un médico de ponerse en cuarentena o una instrucción de su empleador en el sentido de que se quede en casa no bastan para solicitar este permiso.